
Valparaíso sumará un equipo de patrullas municipales a su sistema de seguridad. Las unidades recorrerán diversas zonas de la comuna. Los detalles acá.
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El Banco vulnera la igualdad ante la ley al no exponer el por qué se rechazó la solicitud de apertura de cuenta corriente.
Legal 04/04/2022La Corte Suprema acogió a trámite el recurso de protección presentado en contra del Banco de Crédito e Inversiones por rechazar sin motivos aparentes la apertura de productos de un solicitante.
El recurrente expone que solicitó a través de la página web del Banco la apertura de una cuenta corriente bancaria, teniendo presente que constantemente recibía correos que le ofrecían este producto.
Indica que transcurrieron meses sin respuesta, por lo que a principio de este año se comunicó telefónicamente con el Banco; aquel le asignó una ejecutiva de cuentas y le remitieron un correo electrónico con el objeto de continuar con la tramitación de la apertura de cuenta corriente, solicitándole una serie de documentos para su evaluación, los que fueron remitidos el mismo día.
Sin embargo, el día 17 de enero de 2022, recibió un correo electrónico de parte de la entidad bancaria en el que le responden: “rechazó solicitud”, sin ninguna fundamentación o motivo.
Sostiene que la conducta de la recurrida vulnera el derecho establecido en el artículo 19 N°2 de la Constitución, solicita por ende que se realice una nueva evaluación de sus antecedentes, para luego dar una respuesta que contenga pormenorizadamente los fundamentos de dicha decisión.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso, al considerar que “los hechos descritos en la presentación, y en particular sus peticiones, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, teniendo presente que se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda, por lo que no será admitida a tramitación”
La Corte Suprema revocó la resolución en alzada y declaró admisible el recurso, al considerar que “aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías que están indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, razón por la que el recurso debió haber sido acogido a tramitación.”
Vea texto de las resoluciones Corte Suprema Rol N°8.891-2022, Corte de Santiago 1.325-2022 y del recurso.
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La recurrida corrió el cerco de su predio al considerar que el actor le había “robado” metros. La Corte ordenó que reestablezca el cerco a su trazado original.
El oficio recomienda legislar sobre esta materia puesto que actualmente no existe una regulación normativa que establezca plazos para los certificados.
Anuló de oficio el fallo impugnado al observar que no había considerado prueba fotográfica incorporada en una medida prejudicial. Los detalles acá.
Recurrentes sólo cuestionaron la rebaja en el monto concedido a una de las demandantes, sin relacionar esta disminución a alguna infracción de ley.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la inmobiliaria al utilizar los departamentos para fines no autorizados. Los detalles acá.
No se puede validar que por mutuo acuerdo se modifique el contrato de concesión municipal, infringe los principios básicos de todo proceso licitatorio.
Recayendo la carga probatoria en la demandada debió acreditar la existencia de un título sobre el inmueble que ocupa para enervar la acción de precario.
Diferencias en la línea argumentativa no proceden, pues queda asentado desde el inicio de la tramitación de la causa las pretensiones de ambas partes.
A pesar del incremento en las tasas de interés y las restricciones por parte de los bancos, la compra de bienes inmuebles sigue siendo una buena decisión.
Las redes sociales se han convertido en una herramienta muy potente de reconocimiento de marca, conversión y venta en todos los sectores en la última década.
No te pierdas este curso para todos los que trabajan en el negocio inmobiliario. Será dictado los días 26, 29 y 30 de agosto de 2022 por Salvador Makluf.
La realidad del sector inmobiliario es causa y consecuencia de lo que se les enseña a los agentes inmobiliarios. Los detalles a continuación.
Vecinos de un condominio carecen de un derecho indubitado y deben resolver su disputa con la empresa constructora en un juicio de lato conocimiento.
Nuevas tecnologías que afectan la vida humana se desarrollan y aplican antes de la necesaria reflexión. La prudencia y la responsabilidad son ineludibles.
Los nuevos modelos de inversión en el sector inmobiliario permiten que inversionistas menores participen. Los detalles a continuación en el Diario Inmobiliario.
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